miércoles, 21 de octubre de 2009

EL LIS DENUNCIA LOS BADENES DE LORA POR ILEGALES




EL LIS DENUNCIA LOS BADENES DE LORA POR ILEGALES

El objetivo de los badenes es que los conductores reduzcan la velocidad para evitar accidentes. Sin embargo en muchas ocasiones son ellos la causa de los siniestros y averías en los vehículos.

Tras muchas denuncias de los ciudadanos, D. Luis Carlos Rodríguez León, fiscal de Seguridad Vial de Sevilla, encargó a la Guardia Civil de Tráfico un informe sobre el estado de los badenes de un casi centenar de carreteras y travesías que la Junta y la Diputación tienen en la provincia de Sevilla.
La conclusión del informe de la Guardia Civil es demoledora: ni una sola carretera de la Junta o la Diputación de Sevilla cumple la normativa de Fomento, ya que los badenes son demasiado altos o anchos o están pintados de colores no autorizados (amarillo o rojo) o bien no están señalizados. Así las cosas, la Junta y la Diputación deberán reformar más de cien badenes de unas cincuenta carreteras de la provincia de Sevilla.

Los badenes actuales de nuestro municipio superan la altura y la anchura homologadas y en el mejor de los casos están pintados de colores no autorizados ya que en otras ocasiones, ni siquiera lo están.
Una orden del Ministerio de Fomento que entró en vigor el pasado octubre da un plazo de dos años para que se adapten a los nuevos requerimientos técnicos, de modo que en otoño de 2010 concluye el periodo de transición y todos estos elementos disuasorios deberán cumplir con los nuevos requerimientos del Gobierno.
Hasta ahora, el Ayuntamiento ha hecho caso omiso de la norma de Fomento y aunque existe un tiempo para reformarlos, Rodríguez León advierte que los titulares de las vías públicas donde existan badenes que incumplan la norma deberán responder ante los tribunales si se producen accidentes como consecuencia de su falta de seguridad.
Desde esta formación política, instamos al señor Alcalde, a tomar las medidas necesarias para adaptar todos los badenes de Lora a la normativa vigente ya que de no proceder a dicha adaptación, al final y como siempre, los perjudicados serán los ciudadanos y el Ayuntamiento podría ser incluso sancionado si transcurre el plazo dado por la orden de Fomento sin ajustarse a las especificaciones técnicas actuales.

Por Lora y para Lora
Loreños IndependienteS



Algunos puntos de la Orden FOM/3053/2008, de 23 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción Técnica para la instalación de reductores de velocidad y bandas transversales de alerta en carreteras de la Red de Carreteras del Estado:
3.3.2 Geometría. Para la implantación en tramos donde las velocidades requeridas estén comprendidas entre 30 y 50 km/h, las características geométricas de los distintos tipos de reductores, serán:
3.3.2.1 Paso peatonal sobreelevado (reductor trapezoidal) El perfil longitudinal del Reductores de Velocidad trapezoidal comprende una zona sobreelevada y dos partes en pendiente, llamadas rampas, formando un trapecio.
Sus dimensiones serán:
o Altura: 10 cm ± 1 cm.
o Longitud de la zona elevada: 4 m ± 0,20 m (en casos excepcionales se autorizarán longitudes inferiores, hasta un mínimo de 2,5 m).
o Longitud de las rampas: Entre 1 y 2,5 m (un metro para el caso de zona 30, un metro y cincuenta centímetros cuando se señalicen para 40 km/h, y dos metros cincuenta centímetros para velocidad igual a 50 km/h).

En los casos en que la intensidad de autobuses sea elevada se estudiará la posibilidad de construir pasos sobreelevados combinados o almohadas (pendientes distintas para vehículos ligeros y vehículos pesados).
3.3.2.2 Reductor tipo Lomo de asno in situ. Las dimensiones de los Reductores de Velocidad tipo lomo de asno ejecutado in situ, que tendrá sección transversal de segmento circular, serán:
• Altura: 6 cm ± 1 cm.
• Longitud: 4 m ± 0,20 m.


3.3.2.3 Reductor prefabricado. Las dimensiones recomendadas para los Reductores de Velocidad prefabricados en función de la velocidad máxima permitida son:
Velocidad máxima 50 Km/h, longitud > 60 cm y altura < 3 cm


En determinados casos excepcionales por obras o recintos interiores con limitación de velocidades inferiores a 50 km/h se podrán implantar dispositivos prefabricados con las siguientes características geométricas.
Velocidad máxima menor de 50 Km/ h, longitud entre 60 y 120 cm. Altura entre 5 y 7 cm

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